Car – Todo Riesgo de Construcción
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Condiciones Generales
Coberturas
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Cobertura A – Principal
Este seguro cubre, según se menciona en la parte descriptiva, los daños materiales que sufran los bienes asegurados por cualquier causa que no sea excluida expresamente en las condiciones de la póliza y que no pudiera ser cubierta bajo las coberturas adicionales.
Coberturas Adicionales
Que no implican cambio de valor alguno en la cobertura principal A.
- Cobertura B: Daños causados directamente por terremoto, temblor, maremoto, y erupción volcánica.
- Cobertura C: Daños causados directamente por ciclón, huracán, tempestad, vientos, inundación, desbordamiento y alza del nivel de las aguas, enfangamiento, hundimiento o deslizamiento del terreno, derrumbes y desprendimiento de tierra o de rocas.
- Cobertura D: Daños causados directamente por el contratista en el curso de la ejecución de las operaciones llevadas a cabo con el propósito de dar cumplimiento a sus obligaciones derivadas de la cláusula de mantenimiento del contrato de construcción.
Coberturas que requieren sumas aseguradas por separado. Se entenderá que la compañía indemnizará, sin exceder de la suma o sumas aseguradas asignadas.
- Cobertura E: La responsabilidad civil extracontractual del asegurado por daños materiales producidos a bienes de terceros que ocurran en conexión directa con la ejecución del contrato de construcción asegurado por esta póliza y que hubieren acontecido dentro o en la vecindad inmediata del sitio del contrato durante el período del seguro.
- Cobertura F: La responsabilidad civil extracontractual del asegurado por lesiones corporales, incluyendo la muerte, producidas a personas que no están al servicio del asegurado o del dueño del negocio para quien se está haciendo la construcción o de otros contratistas o subcontratistas que estén llevando a cabo trabajos en el sitio de construcción, ni a los miembros de familia del asegurado o de las personas antes dichas.
- Cobertura G: Los gastos por concepto de remoción de escombros que sean necesarios después de ocurrir un siniestro amparado bajo la presente póliza.